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Novedades de la nueva Ley de Tráfico y de Seguridad Vial

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El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El texto deja los siguientes cambios y novedades:

 

Velocidad

– Nuevo límite de velocidad máximo en 130 km/h en algunos tramos de autovías y autopistas.

– Reducción del límite de velocidad máxima en carreteras convencionales a 90 km/h (antes era de 100 km/h).

 

Multas, alcohol y drogas

– Multa de 500 euros, y pérdida de 4-6 puntos, por conducir con cantidades de alcohol superiores a las establecidas.

– Multa de 1.000 euros por conducir duplicando la tasa de alcoholemia.

– Multa de 1.000 euros por conducir estando bajo los efectos de las drogas, y pérdida de seis puntos del carné.

– La prueba para comprobar la presencia de drogas en el organismo se realizará mediante saliva.

– El plazo para pagar las multas, con aplicación de descuento sobre la cantidad, se amplía cinco días: de 15 a 20 días naturales.

 

Detectores de radares e inhibidores: prohibidos

– Se prohíbe el uso de detectores de radares. Podrá ser multado con 200 euros y la detracción de tres puntos del carné.

– Se prohíbe el uso de inhibidores de radar. Su instalación puede ser multada con 6.000 euros y la pérdida de seis puntos.

– Los avisadores de radar son legales.

 

Ciclistas

– Uso obligatorio para menores de 16 años del casco de la bici, sea cual sea la vía por la que circulen. Para los adultos la obligación se establece si circulan por carretera. La sanción es de 200 euros.

– Los ciclistas pueden circular por debajo del límite de velocidad de la vía. Pero queda prohibido circular por autovías y autopistas.

 

Menores

– El dispositivo de retención infantil es obligatorio hasta una estatura de 1,35 metros.

– Los menores deben ocupar siempre el asiento trasero si miden menos de 1,35 metros. Si el menor mide más y los asientos traseros están ocupados por otros menores, podrá viajar delante. Si se incumple, la sanción es de 200 euros, y la inmovilización del coche.

 

Otros

– En caso de accidente por atropello a un animal cinegético (animales objeto de caza, como ciervo, conejo, zorro, paloma, etc.), la responsabilidad recae sobre el conductor del vehículo.

– Un agente policial que presencie una infracción podrá multar sin perseguir al vehículo en el caso de que no disponga de los recursos necesarios para llevar a cabo esta persecución o esté realizando otras labores como la vigilancia.

– Los vehículos con matrícula extranjera de residentes españoles deberán adoptar la matrícula nacional, para que figuren en el Registro de Vehículos. Además, los conductores extranjeros que cometan una infracción en España podrán ser “perseguidos” en sus países de procedencia.

– Se crea la Conferencia Sectorial de Tráfico y Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.

 

La Ley entrará en vigor un mes y un día después de que se publique el texto en el Boletín Oficial del Estado (BOE); aunque hay algunos cambios que no entrarán en vigor hasta junio, cuando se apruebe el Reglamento General de Circulación.

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