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Jornada Laboral Transporte por Carretera

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¿Conoces cómo debe ser la jornada laboral en el transporte por carretera? Analizamos cuáles son las pautas que marca la ley.

Cuando hablamos de transporte por carretera, la mayoría de las veces nos encontramos a un único conductor que realiza el trayecto. Este conductor, a pesar de tener unos objetivos marcados por el empresario (como la fecha y hora de llegada), sí que goza de cierta autonomía en comparación con un trabajo de oficina. En base a dichos objetivos, el conductor puede organizar su jornada y sus momentos de descanso.

A pesar de ello, la ley establece unas pautas y limitaciones en la jornada laboral del transporte por carretera. Te contamos todo lo que debes saber.

¿Cuánto puede durar la jornada laboral en el transporte por carretera?

Según el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, se establece que el tiempo de conducción diario no puede superar las 9 horas. A esto se añade una excepción, y es que dos días a la semana la jornada laboral en el transporte por carretera puede alcanzar las 10 horas.

De esta forma, el cómputo semanal no puede superar las 56 horas de conducción. En caso de que la conducción se extienda durante dos semanas consecutivas, este cómputo de horas bisemanales no puede sobrepasar las 90 horas.

Esto significa, volviendo al cómputo bisemanal, que si durante la primera semana realizamos 56 horas de conducción (el máximo permitido), la segunda semana no podremos superar las 34 horas.

¿Cuántos descansos hay en una jornada laboral en el transporte por carretera?

Una vez analizadas las horas del trabajo, pasemos a hablar de los descansos. Según marca la ley, un descanso es “cualquier período ininterrumpido durante el cual un conductor pueda disponer libremente de su tiempo”.

¿Cómo se administran estos descansos en una jornada laboral en el transporte por carretera?

Tras un periodo de 4 horas y media de conducción es obligatorio realizar una parada. Dicho descanso puede ser de 45 minutos de manera ininterrumpida, o bien dividirse. Si se opta por la división, se hará una primera pausa de 15 minutos y una segunda de 30 minutos de duración. Ambos descansos deben ser intercalados en las 4 horas y media de conducción.

El descanso diario

Cada 24 horas es obligatorio realizar un descanso de al menos 9 horas de manera ininterrumpida.

Si estamos hablando de un descanso diario normal, deberá contar con 11 horas de descanso. Por el contrario, el descanso diario reducido se establece cuando es inferior a las 11 horas. En cualquier caso, ningún descanso diario puede ser inferior a las 9 horas.

Hay que tener en cuenta que el máximo de descansos reducidos que pueden realizarse a la semana es de tres.

Descanso semanal

Tras seis jornadas laborales de transporte por carretera, es obligatorio disfrutar de un descanso semanal.

Podemos encontrar de nuevo dos tipos:

  • Descanso semanal normal: Cuando al menos se descansan 45 horas de manera ininterrumpida.
  • Descanso semanal reducido: Cuando se descansa menos de 45 horas pero nunca menos de 24 horas seguidas.

En caso de optar por un descanso reducido, este se compensará uniéndose con otro descanso de al menos 9 horas.

Cómo recoger la información de la jornada laboral del transporte por carretera

El tacógrafo, que bien puede ser digital o analógico, es un elemento obligatorio para el transporte por carretera de aquellos vehículos que superen los 3.500 kilos.

Cuenta con dos ranuras: una para el piloto y otra para el segundo conductor, que se usará en caso de que se tratara de una conducción en equipo. El conductor deberá introducir su tarjeta en la ranura principal.

En el tacógrafo se registran datos como los kilómetros recorridos, la velocidad del vehículo o la jornada laboral, contando los periodos de descanso del conductor o las pausas que realice el vehículo.

Esperamos haberte resuelto las posibles dudas sobre la jornada laboral en el transporte por carretera. Además, con un software de gestión de flotas como Novatrans podrás acceder fácilmente a informes automatizados sobre conductores, vehículos o rutas, lo que te ayudará a tener un mayor control del trabajo realizado lo que facilita también a agencias de transporte  a tener un control de calidad de la jornada laboral de sus empleados.

[Actualización Mayo 2022] Inspección de Trabajo controlará la jornada laboral de los conductores

Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución del 6 de mayo de 2022, del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por la cual se establecen procedimientos de control de la jornada laboral de los conductores en las empresas de transporte por carretera.

Los controles se harán en carretera y en los locales de las empresas, y abarcarán:

  • Duración de la jornada semanal.
  • Duración media de tiempos de trabajo semanal, trabajo nocturno y pausas.
  • Tiempos de trabajo que no sean de conducción.

Esta Resolución se enmarca en la Directiva Europea 2020/1057. Puedes leer su extracto en el BOE clicando aquí

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