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Medidas en el Transporte de Mercancías por carretera por Coronavirus en España

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Debido a la emergencia sanitaria que estamos viviendo por el COVID-19  tanto en España como en muchos otros países de Europa, el Gobierno sigue tomando medidas y decisiones urgentes que afectan directamente al transporte por carretera. Desde Novatrans hemos querido hacer alusión a algunas de esas medidas en el transporte por coronavirus.

 

Medidas en el transporte por Coronavirus

 

  • Suspensión temporal de tiempos de conducción y descanso en España.

Ha sido ampliado para todo el territorio nacional por el Ministerio de Transporte la excepción temporal de cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías.

Por tanto, se podrá conducir más de 10 horas diarias y los transportistas podrán saltarse el descanso semanal. Pero, el resto de normas siguen en vigor, así que se deberán seguir cumpliendo los descansos diarios y no se deberá exceder de las 56 y 90 horas de conducción semanal y bisemanal respectivamente.

 

 

  • Se podrá circular con documentos caducados.

La mayoría de estaciones ITV y OCAS permanecen cerradas por la crisis del coronavirus. Esto quiere decir que no pueden ser renovados los certificados de los vehículos ITV, ADR, ATP, etc. Y, por esta razón, el Ministerio de Industria, Comercio y turismo confirmaba hace unos días la posibilidad de circular con normalidad a pesar de contar con algunos de estos certificados caducados.

Pero esto aún no es de aplicación en países fuera de España, por lo que se recomienda circular solo por el territorio español en caso de contar con alguno de los certificados caducados. Aunque es posible que esta medida sea válida en toda la Unión Europea pronto ya que se está trabajando en ello.

En cuanto al CAP, han quedado suspendidos los exámenes de renovación y se permite la circulación con las tarjetas de cualificación vencidas hasta 120 días después de la finalización del estado de alarma y sus prórrogas. Medida que ha sido comunicada a la Comisión Europea para que todos los estados miembros estén al tanto de la misma.

También está permitido, durante todo el estado de alarma y los 60 días después del mismo, circular con los permisos y licencias de circulación caducados.

Por último, otra de las medidas en el transporte por Coronavirus ha sido la suspensión del calendario de visado de autorizaciones de este año 2020 hasta la finalización del estado de alarma y sus prórrogas. Por tanto, no quedarán caducadas por falta de visado las tarjetas. Aún así, se pueden renovar las tarjetas de transporte caducadas ya que se trata de un trámite telemático.

 

 

  • Suspensión de las restricciones de circulación en todo el territorio español.

Otra medida en el transporte por Coronavirus ha sido la Orden INT/262/2020, publicada en el BOE el 20 de Marzo de 2020, establece las excepciones respecto al cierre de las vías o restricción a la circulación a determinados vehículos. Quedarán exceptuados:

a) Los vehículos de auxilio en carretera.

b) Los vehículos y servicios de conservación y mantenimiento de carreteras.

c) Los vehículos de distribución de medicamentos y material sanitario.

d) Los vehículos de recogida de residuos sólidos urbanos.

e) Los vehículos destinados a la distribución de alimentos.

f) El transporte de materiales fundentes.

g) Los vehículos destinados a transporte de combustibles.

h) Los vehículos de transporte de ganado vivo.

i) Transporte de mercancías perecederas.

j) Los vehículos de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.

k) Los coches fúnebres.

l) Otros vehículos que los agentes encargados del control y disciplina del tráfico consideren.

En definitiva, lo que indica esta orden es la suspensión de medidas especiales de regulación de tráfico acordadas durante el estado de alarma así como la suspensión de campañas especiales de control y vigilancia para los transportes de mercancías por carretera, entre otros.

 

 

  • Permiso para conducir con dos ocupantes en cabina.

También este 20 de Marzo ha sido publicada en el BOE la Orden TMA/259/2020 en la que se incluye un artículo que afirma que en los transportes de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo cuando sea necesario por el tipo de transporte a realizar. En todo caso deberán tomarse las medidas de protección indicadas por el Ministerio de Sanidad para evitar la propagación del COVID-19.

 

 

  • Los talleres pueden seguir abiertos.

Según la misma orden de la que hablamos en el apartado anterior, con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de las operaciones de transportes de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, se permite la apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos, así como los establecimientos de ventas de piezas y accesorios con venta directa a los talleres de reparación, sin apertura al público general.

Contar con un sistema de gestión de flotas como Novatrans puede ayudar mucho en momentos complicados como estos, puedes ver todo lo que incluye en módulos de transporte de mercancías por carretera. Para acabar este artículo sobre algunas de las medidas en el transporte de mercancías por carretera por Coronavirus en España, queremos destacar la gran labor que están haciendo tanto las empresas de transporte de mercancías por carretera como sus trabajadores para abastecer de productos necesarios a toda la población española en estos días tan difíciles para todos. Gracias.

 

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